Resolución número 550/2021
Desestimación de recurso que pretende considerar modificación de oferta a las aclaraciones requeridas por el órgano de contratación sobre la oferta que ha resultado adjudicataria.
Desestimación de recurso que pretende considerar modificación de oferta a las aclaraciones requeridas por el órgano de contratación sobre la oferta que ha resultado adjudicataria.
Desestimación de recurso sobre los pliegos de condiciones de un contrato de suministro de productos de fluidoterapia que utiliza un solo criterio de adjudicación al tratarse de productos de uso muy corriente y perfectamente definidos. El recurrente pretende la inclusión de mas criterios de adjudicación
Desestimación del recurso. La oferta del adjudicatario cumple con los requisitos exigidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Se desestima el recurso. La valoración del criterio evaluable de forma automática, relativo a la formación continua de los trabajadores adscritos al contrato, se ha realizado conforme al pliego de cláusulas administrativas particulares.
Recurso contra la adjudicación de un contrato basado de un acuerdo marco. Estimación. Incorrecta valoración de los criterios sujetos a cifras o porcentajes. Apreciación subjetiva del órgano de contratación en contra de la previsión de los pliegos.
Estimación de recurso contra adjudicación de contrato. Inadecuada valoración de los criterios sujetos a cifras o porcentajes. No es admisible la discrecionalidad en la aplicación de criterios objetivos.
Estimación de recurso especial contra adjudicación del contrato. Indebida valoración de criterios sujetos a cifras o porcentajes. No es admisible la discrecionalidad del órgano de contratación en la aplicación de criterios objetivos de adjudicación
Inadmisión recurso especial contra la adjudicación de un contrato basado cuyo valor estimado es inferior a 100.000 euros. Acto no susceptible de recurso por razón de su cuantía
Inadmisión recurso especial al impugnar un contrato basado de un Acuerdo Marco con un valor estimado inferior a 100.000 euros. Acto no susceptible de recurso especial por razón de la cuantía.
Desestimación de reclamación que pretende modificar la puntuación obtenida por la adjudicataria. Todo ello en base a una interpretación de los criterios de adjudicación que no se corresponde. El mismo recurrente entiende y aporta la oferta de conformidad con la interpretación que ahora quiere anular.