Resolución número 017/2018
Desestimación de recurso contra la adjudicación de un suministro médico al no ajustarse la oferta adjudicataria a las prescripciones técnicas.
Desestimación de recurso contra la adjudicación de un suministro médico al no ajustarse la oferta adjudicataria a las prescripciones técnicas.
Inadmisión de recurso contra la adjudicación de un contrato de servicios por pérdida sobrevenida del objeto.
Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios de limpieza al no haberse aplicado para valorar subcriterios no permitidos en los pliegos, sino que se ha motivado la forma de valoración de los criterios sujetos a juicio de valor.
Estimación de recurso contra la adjudicación de un contrato de suministros médico al no cumplir la oferta adjudicataria los requisitos técnicos.
Desestimacion de reclamación contra adjudicación de contrato de servicios al no apreciar incorrecta valoración de los criterios valorables de forma automática que no permite a la recurrente obtener la puntuación necesaria para ser adjudicataria del contrato.
Desestimación de recurso contra la adjudicación de un contrato de suministro de desfibriladores al haberse realizado la valoración de forma motivada de acuerdo con la documentación presentada a la licitación.
Desestimación de recurso contra adjudicación de contratos de suministro al no acreditarse el incumplimiento por parte de las tres primeras clasificadas de las exigencias del PPT, ni la inadecuada valoración de la oferta de la recurrente.
Desestimación de recurso contra adjudicación de contratos de suministro al no acreditarse el incumplimiento por parte de las tres primeras clasificadas de las exigencias del PPT, ni la inadecuada valoración de la oferta de la recurrente.
Desestimación de recurso contra la valoración de la oferta de la recurrente. Se trata de criterios subjetivos y la motivación de la diferencia de puntuación con otros competidores es adecuada.
Desestimación de recurso contra el rechazo de una oferta por considerarla inviable al incurrir en valores anormales o desproporcionados no justificados a juicio del órgano de contratación, al no sobrepasar en su informe de apreciación la discrecionalidad técnica que le es dada.