Resolución número 128/2023
Desestimación. Los pliegos son claros y el incumplimiento de la oferta es expreso. No pueden apreciarse los indicios de conductas colusorias alegados pues la exclusión depende del propio incumplimiento del licitador.
Desestimación. Los pliegos son claros y el incumplimiento de la oferta es expreso. No pueden apreciarse los indicios de conductas colusorias alegados pues la exclusión depende del propio incumplimiento del licitador.
Inadmisión de recurso. Acuerdo de exclusión de la mesa de contratación por valor anormal, actuación no susceptible de recurso. Artículos 44.2.b) y 55.c) LCSP.
Se recurren los pliegos. Se inadmite el recurso por falta de legitimación del recurrente. El objeto social de la empresa no coincide con el del contrato.
Estimación de recurso que se motiva en la falta de justificación de la puntuación otorgada en los criterios evaluables mediante juicio de valor. Si bien el informe técnico es exhaustivo no queda acreditado ni a la vista del PCAP ni a la vista del informe la traslación de la calidad de la propuesta a la puntuación establecida para cada criterio. Se retrotraen las actuaciones para, sin variar las ofertas, completar el informe.
Recurso contra pliegos de un contrato de eficiencia energética. Primer motivo: no división en lotes. Desestimación. La propia naturaleza del contrato, regulado en el Real Decreto-ley 6/2010, incluye un conjunto de prestaciones con el objeto de conseguir una mayor eficiencia energética. Segundo motivo: Calificación del contrato como contrato mixto. Correcta calificación, no procede considerarlo como contrato de concesión de servicios, ya que no hay transferencia de riesgo operacional.
Desestimación del recurso. El recurrente es excluido del procedimiento de licitación por incumplimiento de las prescripciones técnicas.
Inadmisión recurso especial. Se trata de un contrato de carácter patrimonial no sujeto a la LCSP. Se refiere a una concesión demanial. Acto no recurrible.
Estimación. Procede conceder plazo de subsanación en el trámite del artículo 150.2 LCSP
Desistimiento recurso.
Inadmisión de recurso contra un contrato mixto de suministros y servicios, por haber presentado la oferta previamente a la interposición del recurso no amparándose en causa de nulidad.