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Resolución número 341/2023

Número de Resolución: 
341/2023
Fecha: 
Jueves, 14 Septiembre, 2023

La recurrente realiza una serie de alegaciones para buscar ciertas similitudes entre las ofertas de dos licitadores que pertenecen al mismo grupo de empresas para demostrar que hay una actuación coordinada entre ambas, circunstancias que por un lado no  acreditan nada y por otro no incumplen lo previsto en los pliegos. Se desestima el recurso.

Resolución número 337/2023

Número de Resolución: 
337/2023
Fecha: 
Jueves, 7 Septiembre, 2023

Se recurre la ausencia de previsión en pliegos de la información sobre trabajadores sujetos a subrogación, según convenio colectivo que, a juicio del recurrente, resultaría aplicable. Se desestima pues la controversia sobre aplicación de convenio colectivo debe dirimirse en la jurisdicción social y el recurrente no ha desvirtuado el correcto cálculo del presupuesto base de licitación.

Resolución número 338/2023

Número de Resolución: 
338/2023
Fecha: 
Jueves, 7 Septiembre, 2023

Inadmisión pues no puede reconocerse legitimación al recurrente, que, aun siendo adjudicatario del contrato vigente, no mostró interés en participar en la licitación, ni presentando oferta, ni impugnando los pliegos por impedírsele hacerlo. La declaración de desierta de la licitación no implicaría obligatoriamente la decisión de prorrogar su contrato, por lo que su interés en la resolución del contrato es hipotético, potencial y futuro.

Resolución número 336/2023

Número de Resolución: 
336/2023
Fecha: 
Jueves, 7 Septiembre, 2023

Alega el recurrente que el procedimiento adecuado es el concurso de proyectos. Consta en el expediente justificación de la no aplicación del artículo 183 de la LCSP por considerar que el proyecto no reviste una especial complejidad. Analizado el objeto del contrato no se aprecia la complejidad alegada. Se desestima el recurso.

Resolución número 330/2023

Número de Resolución: 
330/2023
Fecha: 
Jueves, 31 Agosto, 2023

Desestimación del recurso que pretende la valoración de la mejor relación calidad-precio de las ofertas a través de criterios no previstos en los pliegos, pues la oferta técnica debe valorarse en función del grado de detalle del plan de organización del servicio. Asimismo, no concurre error manifiesto, ni arbitrariedad en la valoración efectuada por el órgano de contratación de los criterios sujetos a evaluación precio mediante aplicación de juicio de valor.

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