Resolución número 395/2019
Desestimación. Exclusión por incumplimiento prescripciones técnicas. Multa por reiteración.
Desestimación. Exclusión por incumplimiento prescripciones técnicas. Multa por reiteración.
Desestimación recurso. Una vez comprobado por los servicios técnicos que el suministro no cumple con los requisitos técnicos, no tiene obligación de solicitar subsanación alguna.
Desestimación recurso especial contra PPT. Aplicación del criterio de discrecionalidad técnica en la elaboración de las prescripciones técnicas. No se ha a acreditado la limitación de la concurrencia.
Estimación parcial de recurso especial porque la corrección de errores de PPT no fue objeto de la misma publicidad que los originariamente publicados. Al ser un contrato de regulación armonizada debió publicarse la corrección el DOUE.
Estimación de reclamación contra PPTP de contrato de suministros de ordenadores, por incluir referencias a marcas sin la mención "o equivalente". Inclusión de nota aclaratoria posterior a publicación, modificación de pliego que conlleva retroacción de actuaciones. Improcedencia de alusión a volumen de facturación del fabricante. Vulneración del artículo 34.9 de la LCSE.
Estimación de reclamación de admisión en acuerdo marco de suministro. Error en la inclusión de documentación en sobres. Criterio antiformalista. No automaticidad en la exclusión. No se ve afectado el secreto de las proposiciones.
Estimación parcial de recurso contra adjudicación de contrato de suministro médico. Error en la valoración de criterios de adjudicación evaluables de forma automática.
Desestimación de recurso frente a la adjudicación de un lote de un contrato de suministros médicos. Se requieren numerosas prescripciones técnicas y se considera por la recurrente que una de ellas es parcialmente cumplida. El órgano de contratacion en su informe considera que la oferta cumple las condiciones exigidas en su conjunto.
Inadmisión de recurso contra la exclusión de una oferta por incumplimiento de los requisitos técnicos exigidos por presentarse fuera de plazo.
Desestimación de recurso contra inadmisión de oferta en contrato de suministro, por no haber subsanado en plazo los defectos comunicados por la Mesa de contratación – no acreditación de solvencia – en el perfil de contratante según dispone el PCAP, arts. 139 y 141 de la LCSP y 19 del RGCPCM, con recomendación de aviso al interesado. No se aprecia error en la convocatoria que suponga confusión.