Resolución número 398/2023
Estimación contra declaración desierto y penalización. Oferta técnica condicionada. Debe tenerse por retirada.
Estimación contra declaración desierto y penalización. Oferta técnica condicionada. Debe tenerse por retirada.
Recurso contra adjudicación de contrato por incumplimiento del adjudicatario de las exigencias del pleno en cuanto adscripción de medios humanos. Admisibilidad de la subsanación. Doctrina aplicable al respecto. No acredita la experiencia del técnico a describir al contrato por los medios exigidos en los pliegos.
Recurso contra adjudicación de contrato por incumplimiento del adjudicatario de las exigencias del pleno en cuanto adscripción de medios humanos. Admisibilidad de la subsanación. Doctrina aplicable al respecto. No acredita la experiencia del técnico a describir al contrato por los medios exigidos en los pliegos.
Estimación por allanamiento. Contradicción entre PCAP y PPT. Principio de competencia: la solvencia es materia del PCAP.
Estimación. El licitador sin trabajadores y sin intención de tenerlos no está obligado a inscribirse en la Seguridad Social como empresario.
Solvencia desproporcionada al no adaptarse a lo marcado en la norma como trabajos similares en atención a los dígitos de los CPV.
Estimación. Cumplimiento prescripciones técnicas. Presunción a favor del cumplimiento de las prescripciones. Se describe un equipo donde un elemento es "opcional", que no significa que no lo oferte, sino que dispone de él.
Se estima el recurso ante la insuficiencia de la motivación de la exclusión ofrecida por el órgano de contratación, motivación que tampoco ha podido conocer la recurrente pues sólo se ha publicado uno de los tres informes de criterios de valoración subjetivos, conteniendo cada uno de ellos parte de la valoración efectuada.
Recurso contra la exclusión de oferta por incurrir en valores anormales. Estimación. Correcta justificación del licitador, no así el informe del órgano de contratación sobre dicha justificación.
Las recurrentes alegan que la oferta de la adjudicataria y la clasificada en segundo lugar incumplen las prescripciones técnicas. A la vista de la comprobación, que realiza el órgano de contratación sobre las muestras presentadas, se estiman los recursos.