Encomienda de Gestión entre el Servicio Madrileño de Salud y el Ente Público Hospital Universitario de Fuenlabrada, en materia de gestión de los fondos procedentes del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, destinados al programa de reasentamiento y reubicación de refugiados (Consejo de Justicia y Asuntos de Interior de la UE)
Vigente
Entidad encomendada: 

Ente Público Hospital Universitario de Fuenlabrada

    Objeto: 

     

     

    Primero: Objeto de la encomienda

     

    Por el presente acuerdo, el Servicio Madrileño de Salud encomienda al Ente Público Hospital Universitario de Fuenlabrada, por razones técnicas y de eficacia, la gestión de los fondos del “Programa de reasentamiento y reubicación de refugiados. Consejo de Justicia y Asuntos de Interior de la UE (JAI)”, con un presupuesto asignado para la Comunidad de Madrid de 493.639 euros, para financiar las actuaciones complementarias a la provisión de servicios sanitarios a favor de los solicitantes y beneficiarios de protección internacional, consistentes en la contratación de servicios de traducción de documentación sanitaria y consejos sobre medicación y de centralitas con sistemas de traducción, dentro de los plazos establecidos en el Pleno del Consejo Interterritorial de Sistema Nacional de Salud.

     

     

    Segundo: Compromisos del EPHUF

     

    El EPHUF asume los siguientes compromisos:

    • Contratación de centralitas que dispongan de sistemas de traducción de idiomas.
    • Contratación de servicios de traducción de consejos sobre medicación y de documentación sanitaria.
    • Justificación económica, a los seis meses de la fecha del efectivo posicionamiento de los fondos al Ente Público, que incluirá la relación de actuaciones realizadas durante el período, gastos asociados a las mismas y estado contable del fondo asignado al presente acuerdo de encomienda.
    • Facilitar toda la información que le sea requerida y someterse a las actuaciones de comprobación que puedan realizarse por el Servicio Madrileño de Salud y a las de control de la actividad económico-financiera que correspondan a la Intervención.
      A tales efectos deberá admitir la presencia de las personas que, formalmente designadas por el titular de la Dirección General de Coordinación de la Asistencia Sanitaria, sean designadas para realizar el seguimiento y evaluación del estado de la encomienda y de los fondos asignados, facilitándole cuanta información y datos contables o de otro tipo, le sean solicitados al efecto.
    • Comunicar al Servicio Madrileño de Salud cualquier alteración que afecte sustancialmente a la ejecución de las actuaciones previstas en el presente acuerdo de encomienda.

     

     

    Tercero: Compromiso de la Entidad encomendante

     

    El Servicio Madrileño de Salud, a través de la Dirección General de Coordinación de la Asistencia Sanitaria, ejercerá las facultades de:

    • Supervisar el desarrollo de las actuaciones administrativas necesarias para la contratación de las centralitas con sistema de traducción y de los servicios de traducción de documentación que permitan el cumplimiento del objetivo de la encomienda.
    • Establecer las actuaciones y su cronograma de realización de forma que se cumpla el “Programa de reasentamiento y reubicación de refugiados. Consejo de Justicia y Asuntos de Interior de la UE (JAI)”, cuya distribución de fondos a las Comunidades Autónomas fue ratificado en el Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
    • Facilitar toda la información técnica y administrativa que resulte precisa para convocar los expedientes de contratación para la adquisición de bienes y/o servicios.
    • Prestar a los profesionales del Ente Público la asistencia técnica que estos precisen para el desarrollo de las tareas objeto de la presente encomienda.

    Fecha de publicación

    03/12/2018
    Presupuesto: 
    493.639 euros

    Duración

    La presente encomienda tiene efectos desde el día siguiente de su firma (15 de noviembre de 2018), siendo el plazo máximo de ejecución para los trabajos encomendados de un año. No obstante lo anterior podrá prorrogarse por períodos anuales.