Plan Integral de Inspección de Sanidad de la Comunidad de Madrid 2019

Plan Integral de Inspección de Sanidad 2019

El Plan Integral de Inspección de Sanidad de la Comunidad de Madrid para 2019 recoge los Planes y Programas de las diferentes unidades de inspección de la Consejería de Sanidad y establece los criterios de actuación en materia de inspección de sanidad dentro de la Comunidad de Madrid para este año.

Fecha de fin de Ejecución del Plan: 
12/2020

Destinatarios

Ciudadanos, empresas e instituciones de la Comunidad de Madrid.

Duración

Anual (2019)

Líneas Estratégicas

  • La salvaguarda de los derechos de los ciudadanos.
  • El cumplimiento de la normativa vigente.
  • La identificación y priorización de actuaciones en aquellas áreas con mayor riesgo para la salud, en virtud de razones técnicas, de la evaluación de los resultados de controles efectuados, de eficiencia y oportunidad, gravedad de los hechos, número de afectados o en función de la reiteración del hecho.
  • La comprobación y adecuación en el reconocimiento y utilización de las autorizaciones y de las prestaciones sanitarias, evitando el uso inadecuado, el fraude o las posibles desviaciones que puedan producirse.
  • La focalización de actuaciones en áreas o actividades donde se hayan producido un mayor número de reclamaciones o denuncias, alertas o situaciones de riesgo.
  • El fomento de las tareas de investigación y la captación, análisis e integración de la información para mejorar el conocimiento del entorno y responder e impulsar el desarrollo de actuaciones en áreas o sectores de actividad considerados como potencialmente generadores de situaciones sanitarias mejorables, susceptibles de inspección.

Objetivo

Velar por la protección de la salud de los ciudadanos y la salvaguarda de los derechos de los usuarios de la Comunidad de Madrid, supervisando el cumplimiento de la normativa vigente con la máxima eficiencia y efectividad mediante la actuación coordinada de los diferentes Centros Directivos, Subdirecciones Generales o Áreas con competencias en el ámbito de la inspección, según los criterios de actuación aprobados por la Orden 41/2019, de 4 de enero, del Consejero de Sanidad (BOCM de 11 de enero).

Programa presupuestario

311N, 313B

Objetivos concretos

  • Velar por la seguridad de la asistencia que recibe el ciudadano en los centros, servicios y establecimientos sanitarios, en los establecimientos de óptica y en los vehículos de transporte sanitario terrestre de la Comunidad de Madrid.
  • Comprobar que las instalaciones propuestas para oficinas y unidades de farmacia reúnen los requisitos mínimos exigibles en lo referente a instalaciones, personal, medios y normas mínimas de funcionamiento.
  • Garantizar la adecuación y el correcto uso de las prestaciones del Sistema Nacional de Salud y del Sistema de Seguridad Social, dentro de las competencias de la Consejería de Sanidad, en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
  • Auditar la organización y la gestión de la asistencia sanitaria a través de la evaluación continua y auditoría de los distintos medios, dispositivos y prestaciones de la Red Sanitaria Única de Utilización Pública (RSUUP), para garantizar la calidad de la asistencia sanitaria recibida por los ciudadanos en la Comunidad de Madrid.
  • Prevenir las enfermedades relacionadas con los alimentos y la exposición de las personas a los agentes capaces de causar enfermedades vía alimentaria y garantizar la calidad alimentaria a través del control oficial de establecimientos alimentarios y alimentos.
  • Identificar los riesgos ambientales en salud y desarrollar sistemas de vigilancia, inspección y control de los factores ambientales y aspectos de salud laboral y sanidad mortuoria en la Comunidad de Madrid para preservar la salud de los ciudadanos.
  • Controlar la prescripción de los facultativos médicos del SERMAS y la dispensación de recetas oficiales y evaluar la implantación de la receta electrónica en la Comunidad de Madrid.
  • Controlar el mercado, distribución y utilización de medicamentos de uso humano y veterinario, medicamentos ilegales y falsificados y controlar la fabricación, importación y distribución de productos sanitarios y cosméticos.
  • Controlar la plena aplicación de la Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos, tanto en las actividades desarrolladas a través de los centros y servicios de prevención, asistencia e integración de drogodependientes, como en lo referente a la publicidad, venta, distribución y consumo de bebidas alcohólicas y tabaco.

Actividades a desarrollar

Inspecciones, auditorías y evaluaciones en centros, servicios y establecimientos sanitarios y farmacéuticos, centros y servicios de prevención, asistencia y reinserción de drogodependientes y en materia de sanidad ambiental e higiene y seguridad alimentaria.

Medios personales

Médicos inspectores, farmacéuticos inspectores, enfermeros subinspectores, Técnicos Superiores de Salud Pública (médicos, veterinarios y farmacéuticos), diplomados en Salud Pública y personal administrativo.

Tiempo de consecución

Anual (2019)

Indicadores resultado percepción

  • número de inspecciones 
  • número de procesos de Incapacidad Temporal (IT) revisados
  • número de recetas autorizadas por visado
  • número de auditorías en materia alimentaria
  • número de evaluaciones y auditorías sanitarias
  • número de muestras tomadas en materia de higiene y seguridad alimentaria y de sanidad ambiental
  • número de muestras analizadas en materia de higiene y seguridad alimentaria y de sanidad ambiental
  • número de alertas farmacéuticas
  • número etiquetas controladas en productos alimenticios
  • número de animales muestreados
  • número de recetas inspeccionadas.

En función de los objetivos y las actividades programadas se evalúan los resultados obtenidos. Estos datos son de ayuda para la elaboración de los objetivos y actividades del año siguiente.