Dirección: 

Paseo de Río 1

Código Postal: 
28223
Municipio : 
Pozuelo de Alarcón
Transportes próximos: 
Normativa aplicable

DECRETO 217/2023, de 26 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112.

LEY 5/2023, de 22 de marzo, de Creación del Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad de Madrid.

Decreto 252/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el estatuto de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112.

Decreto 7/2024, de 24 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se nombran los miembros del Consejo de Administración de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112.

Acuerdo del Consejo de Administración de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, de 30 de enero de 2024, por el que se aprueba su reglamento de funcionamiento. 

 

 

Competencias

A la presidencia le corresponden las siguientes funciones:
- Ostentar la representación institucional de la Agencia.
- Convocar y presidir las reuniones del Consejo de Administración.
- Suscribir en nombre de la Agencia convenios y acuerdos de cooperación que pudieran acordarse de acuerdo con las funciones del mismo.
- Moderar los debates de las reuniones del Consejo de Administración y suspenderlas por causas justificadas.
- Proponer a la presidencia de la Comunidad de Madrid la solicitud al Gobierno de España de la declaración de interés nacional, cuando una emergencia, por su magnitud o extensión, supere las
posibilidades de respuesta de la Comunidad.
- Dirimir con su voto los empates, a los efectos de adoptar acuerdos.
- Visar las actas y certificaciones de los acuerdos del Consejo de Administración.
- Supervisar directamente la actuación de la dirección de la Agencia.
- Cualquier otra atribución que le sea delegada por el Consejo o conferida reglamentariamente.

Composición del Consejo de Administración:
El Consejo de Administración estará integrado por los siguientes cargos:
a) La presidencia, titular de la Consejería competente en materia de protección civil, seguridad y emergencias.
b) Ocho personas, nombradas y, en su caso, cesadas, por decreto del Consejo de Gobierno y que serán:
1º Cinco personas en representación de la Comunidad de Madrid, designadas por el Consejo de Gobierno, con rango de viceconsejería, dirección general o asimilado de las materias relacionadas directa o indirectamente con la protección civil y las emergencias. Ostentará vocalía nata en el Consejo de Administración el titular de la dirección de la Agencia, por su condición de alto cargo según se establezca en el estatuto de la Agencia.
2º Una persona en representación de la Federación de Municipios de Madrid.
3º Una persona en representación del Ayuntamiento de Madrid.
4º Una persona en representación de la Delegación de Gobierno en la Comunidad de Madrid.
La secretaría del Consejo de Administración se ejercerá por personal funcionario de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, que al efecto se designe por la presidencia del Consejo de Administración. Corresponden a la secretaría las funciones enunciadas en el artículo 19.4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.