El Centro de Asuntos Taurinos de la Comunidad de Madrid es un órgano de gestión sin personalidad jurídica adscrito a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.

Dirección: 

Plaza de Toros de las Ventas.
C/ Alcalá, 237.

Código Postal: 
28028
Municipio : 
Madrid
Transportes próximos: 
Normativa aplicable

* Acuerdo de 17 de abril de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se dispone el cese y nombramiento de Vocal del Consejo de Administración del Centro de Asuntos Taurinos de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 93, de 19 de abril)

* ORDEN 984/2024, de 15 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y la firma de convenios, se desconcentra el protectorado de fundaciones y se designa con carácter permanente a los miembros de las Mesas de Contratación de la Consejería (BOCM nº 77, de 1 de abril)

* Acuerdo de 7 de febrero de 2024, del Consejo de Gobierno por el que se dispone el cese y se nombran Vocal del Consejo de Administración del Centro de Asuntos Taurinos de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 33, de 8 de febrero)

* Acuerdo de 24 de enero de 2024, del Consejo de Gobierno por el que se dispone el cese y se nombran Vocales del Consejo de Administración del Centro de Asuntos Taurinos de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 22, de 26 de enero)

* DECRETO 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior. (BOCM nº 213, de 7 de septiembre

* Acuerdo de 30 de marzo de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se declara el cese y se dispone el nombramiento de Vocales del Consejo de Administración del Centro de Asuntos Taurinos de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 77 de 31 de marzo de 2022).

* DECRETO 223/2019, de 10 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Director Gerente del Centro de Asuntos Taurinos de la Comunidad de Madrid a don Miguel Abellán Hernando (BOCM nº 216, de 11 de septiembre)

* DECRETO 226/1995, de 17 de agosto, por el que se establece la dependencia orgánica y se definen la estructura y las funciones del Centro de Asuntos Taurinos de la Comunidad de Madrid, y se aprueban las normas de organización y funcionamiento.

 

Organización:

De conformidad con lo previsto en los artículos 8 y 50 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, de Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, el nombramiento de los miembros del Consejo de Administración se realizará por Acuerdo del Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero titular del departamento al que están adscritos.

En ese mismo sentido, se manifiesta el artículo quinto.1 del Decreto 226/1995, de 17 de agosto, por el que se establece la dependencia orgánica y se definen la estructura y las funciones del Centro de Asuntos Taurinos de la Comunidad de Madrid, y se aprueban las normas de organización y funcionamiento.

Conforme al apartado tercero de este Decreto, el Centro de Asuntos Taurinos de la Comunidad de Madrid se estructura en los siguientes órganos de Gobierno:

DIRECTOR GERENTE: D. Miguel Abellán Hernando

PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN:

Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior:  D. Carlos Novillo Piris

CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN:

Vocales:

Dña. Sonsoles Aboín Aboín

D. José María Álvarez del Manzano y López del Hierro

D. William Cárdenas Rubio

D. José Cepeda García

Doña Paloma Garcia Romero

Doña Mª del Pilar González del Valle

Doña Cayetana Hernández de la Riva

Doña Ana Millán Arroyo

D. Miguel Ángel Moncholi Chaparro

D. José Ortega Cano

Doña Alejandra Serrano Fernandez

Doña Alejandra Frías López

Don Luis Madero López

Don Alberto Escribano García

Don Antonio Bañuelos García

Don Raúl Tenorio Humanes

Don Juan José Urquía García

Doña Lucía Soledad Fernández Alonso

Secretario del Consejo:

D. Antonio Piñol Caballol  (Provisional)

Competencias

Son funciones del Centro de Asuntos Taurinos de la Comunidad de Madrid las siguientes:
a) La explotación, por medio de cualquier fórmula sujeta al Derecho Administrativo, de la Plaza de Toros de las Ventas, ejerciendo la vigilancia, coordinación y control de los eventuales adjudicatarios del coso taurino a través de lo que establezca el pliego de condiciones y mediante los órganos ejecutivos que procedan.
b) El asesoramiento y colaboración, en su caso, con las Administraciones Públicas que dentro del territorio de la Comunidad organicen espectáculos taurinos, sean o no titulares de los cosos.
c) El fomento de la fiesta de los toros, con especial atención a las nuevas generaciones de toreros, mediante la organización, coordinación, dirección y gestión de la Escuela de Tauromaquia José Cubero Yiyo de la Comunidad de Madrid.
d) Promocionar la fiesta de los toros, en su dimensión social y cultural, como fiesta del pueblo, organizando cuantas actividades de todo tipo aconsejen este objetivo. En su vertiente histórica, cuidar, ordenar e incrementar el Museo Taurino de las Ventas.
e) Afrontar la problemática ganadero-taurina en colaboración con los organismos competentes de la Administración Autonómica, de otras Administraciones Públicas y con entidades docentes y de investigación ganadera.
f) Defender la fiesta de los toros, su pureza y permanencia, iniciando y secundando iniciativas de este orden de cualquier naturaleza y de acuerdo con su objeto social, promoviendo medidas en este sentido a las Administraciones Públicas asociaciones de profesionales del sector, así como con las asociaciones y peñas taurinas de aficionados a los toros.
g) Colaborar a la mejora y promoción de las Fiestas de Toros, facilitando el nacimiento de nuevos valores que contribuyan a su pervivencia y engrandecimiento.
h) Llevar a cabo, en colaboración con las restantes instituciones públicas y privadas relacionadas con las Fiestas de Toros (Peñas, Asociaciones Sociales, Asociaciones Profesionales de Ganaderos, Empresarios y Profesionales Taurinos), cuantas actividades sean necesarias para el cumplimiento de los objetivos del Centro de Asuntos Taurinos, pudiendo organizar actividades culturales de carácter formativo y promocional; novilladas, festivales, clases prácticas, tentaderos públicos o cualquier otro de similar naturaleza.
i) Cualquier otra actividad o función relacionada con las anteriores que sirva para el fomento, promoción y defensa de la fiesta nacional.
j) Todas aquellas competencias propias o transferidas que a la Administración Autonómica correspondan en materia taurina o relacionadas con la misma.