Comité Asesor para la Utilización Terapéutica de la Hormona del Crecimiento y Sustancias Relacionadas

Responsable: 
Director General de Gestión Económico-Financiera y Farmacia
Dirección: 

Paseo de la Castellana, 280.

Código Postal: 
28046
Municipio : 
Madrid
Distrito: 
Chamartín
Normativa aplicable

* Orden 1130/2003, de 21 de noviembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se crea el Comité Asesor para la Utilización Terapéutica de la Hormona de Crecimiento y Sustancias Relacionadas de la Comunidad de Madrid (BOCM de 28 de noviembre)

* Orden 11/2011, de 13 de enero, por la que se modifica la Orden 1130/2003, de 21 de noviembre, por la que se crea el Comité Asesor para la Utilización Terapéutica de la Hormona del Crecimiento y Sustancias Relacionadas de la Comunidad de Madrid. (BOCM de 1 de febrero)

Objetivos y funciones:

El Comité tiene como objetivo promover el uso racional de la hormona de crecimiento y sustancias relacionadas con ella.

Funciones del Comité Asesor:

- Evaluar y asesorar sobre la adecuada utilización y prescripción de la hormona de crecimiento y sustancias relacionadas a los médicos especialistas que traten patologías relacionadas, a las sociedades científicas que proceda y, en su caso, a las autoridades sanitarias.

- Proponer los Criterios de Utilización de la Hormona de Crecimiento y Sustancias Relacionadas, conforme a las indicaciones autorizadas por la Agencia Española del Medicamento y a la evidencia científica disponible.

- Proponer los modelos de Protocolos de Utilización de Hormona de Crecimiento, para la recogida de los datos de la historia clínica, que sean necesarios para valorar la idoneidad del uso de la hormona de crecimiento en niños y en adultos.

- Evaluar los datos de las peticiones de tratamiento remitidos al Comité por los especialistas hospitalarios, elaborando un informe sobre la idoneidad de iniciar o no esta terapia y, en su caso, de continuar o suspender las ya iniciadas, proponiendo las pautas y posologías más adecuadas en cada caso.

- El informe del Comité será necesario para la dispensación de los tratamientos con hormona de crecimiento y sustancias relacionadas a los usuarios del Sistema Nacional de Salud en la Comunidad de Madrid.

- Crear un fichero de pacientes con datos clínicos, identificativos de tratamiento y evolución, cumpliendo con las normas de seguridad que garanticen la protección de los datos de carácter personal.

- Promover la realización de estudios relacionados con el uso de la hormona de crecimiento y sustancias relacionadas.

- Informar a las autoridades sanitarias, a través del titular de la Dirección General competente en la materia de prestación farmacéutica, sobre los problemas o necesidades que requieran una actuación coordinada del sistema sanitario de la Comunidad de Madrid, proponer soluciones e impulsar acuerdos a este respecto.