Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local

Dirección: 

Plaza de Pontejos, 3 - Madrid

Código Postal: 
28012
Municipio : 
Madrid
Distrito: 
Centro
Transportes próximos: 
Normativa aplicable

Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local (BOCM nº 213, de 7 de septiembre)

Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 159, de 6 de julio)

* Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 150, de 26 de junio)

Competencias

1. La Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local es el departamento encargado de la propuesta y ejecución de las políticas del Gobierno en las materias que se recogen en el presente decreto.
2. Sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Presidencia de la Comunidad de Madrid, corresponde al titular de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local la coordinación e impulso de la acción del Gobierno entre las Consejerías, así como en sus relaciones con la Asamblea, otras administraciones y organismos públicos y la Portavocía del Gobierno, de conformidad con el artículo 2 del Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
3. El titular de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local ejerce también las competencias que le atribuye el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y demás disposiciones
aplicables, correspondiéndole, como órgano superior de la Administración de la Comunidad de Madrid, el desarrollo general, la coordinación y el control de la ejecución de las políticas del Gobierno en los siguientes ámbitos materiales:
a) Presidencia:
1.º La cooperación con el Estado y asuntos relacionados con la Unión Europea.
2.º Las relaciones con la Asamblea de Madrid.
3.º La coordinación de la política informativa del Gobierno y coordinación de las relaciones con los medios de comunicación.
4.º El impulso y la coordinación del programa normativo del Gobierno.
5.º La propuesta del plan normativo de la Comunidad de Madrid.
6.º Los procesos electorales.
7.º La transparencia y el gobierno abierto.
8.º El buen gobierno.
9.º La calidad de los servicios.
10.º La atención al ciudadano.
11.º El impulso de estudios e investigaciones sociológicas y demoscópicas encaminados al diseño de políticas públicas adecuadas a la calidad de los servicios y a la atención al ciudadano.
12.º El impulso de estrategias y planes de carácter interdepartamental.
13.º El impulso de la reducción de cargas y simplificación entre todas las Consejerías.
b) Administración local:
1.º El fomento y coordinación de las políticas en materia de administración local.
2.º Desarrollo Local.
c) Justicia:
1.º La gestión del personal funcionario y laboral al servicio de la administración de justicia, incluyendo la elaboración y tramitación de las propuestas de resolución de las reclamaciones de responsabilidad que procedan en función de las competencias asumidas por la Comunidad de Madrid, así como la ejecución de las resoluciones judiciales en el ámbito de sus competencias.
2.º La participación en la fijación de la demarcación y planta judicial, así como en la fijación de las demarcaciones correspondientes en las notarías, registros de la propiedad y mercantiles radicados en el territorio de la Comunidad de Madrid.
3.º La tramitación del nombramiento de los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles del territorio de la Comunidad de Madrid.
4.º Los servicios de custodia y la gestión de los archivos judiciales.
5.º El régimen interior, los servicios generales y la gestión ordinaria, incluyendo la dotación de mobiliario y equipos de impresión y reproducción destinados a la reposición de los ya existentes, en los órganos de la administración de justicia.
6.º La gestión del pago de las indemnizaciones necesarias para el funcionamiento del tribunal del jurado, actuaciones periciales en juicio, así como a los testigos en los distintos procesos judiciales.
7.º La gestión, conservación y el mantenimiento de los inmuebles e instalaciones al servicio de la administración de justicia, así como la planificación de nuevas construcciones, sin perjuicio de las funciones atribuidas a la Consejería con competencias en materia de gestión patrimonial.
8.º La mejora de las instalaciones de seguridad y la implantación de los planes de emergencia y evacuación de los inmuebles al servicio de la administración de justicia.
9.º El seguimiento y, en su caso, informe en relación con los recursos y las demandas planteadas contra la administración de la Comunidad de Madrid en materia de justicia.
11.º El Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de las actuaciones que correspondan a las Consejerías que ejerzan el protectorado de las fundaciones por razón de sus fines.
12.º Los colegios profesionales.
d) Víctimas:
1.º La atención a las víctimas del terrorismo.
2.º La atención, en general, a las víctimas del delito.
4. Asimismo, le corresponden las atribuciones específicas que le encomienda el artículo 42 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, exceptuada la relativa al informe sobre las propuestas de estructura y plantilla de las diferentes Consejerías.