La “Orden del Dos de Mayo” de la Comunidad de Madrid, podrá ser concedida, en sus distintos grados, a las personas físicas y jurídicas, e instituciones, nacionales y extranjeras, que el Consejo de la Orden tenga a bien premiar o distinguir, por actos o servicios relevantes para los ciudadanos y en general por su contribución al progreso político, económico, cultural o social.

La Jefatura Superior de la Orden le corresponde al titular de la Presidencia de la Comunidad de Madrid, como más alto representante de la Comunidad Autónoma.

El titular de la Secretaría General del Consejo de Gobierno desempeña el Secretariado General de la Orden.

El Consejo de la Orden, presidido por el titular de la Presidencia de la Comunidad de Madrid, está integrado por todos los miembros del Consejo de Gobierno.

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Centro
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Normativa aplicable

*Decreto 191/2021, de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior. (BOCM nº 184, de 4 de agosto de 2021).

*Decreto 91/2006, de 2 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la “Orden del Dos de Mayo” de la Comunidad de Madrid y se regulan los correspondientes honores y distinciones (BOCM nº 303 de 21 de diciembre 2006)