Consejo para el seguimiento del Pacto Social de la Comunidad de Madrid contra los trastornos del comportamiento alimentario: la anorexia y la bulimia

Responsable: 
Ilmo. Sr. Viceconsejero de Sanidad
Dirección: 

C/ Aduana, 29

Código Postal: 
28013
Municipio : 
Madrid
Distrito: 
Centro
Transportes próximos: 
Teléfono: 

91 426 54 91 / 91 426 57 67
Fax: 91 426 52 15

Normativa aplicable

* Decreto 99/2016, de 18 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 11/2007, de 1 de marzo, por el que se crea el Consejo para el seguimiento del pacto social de la Comunidad de Madrid contra los trastornos del comportamiento alimentario: La anorexia y la bulimia (BOCM nº 252, de 20 de octubre).
 

* Decreto 11/2007, de 1 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se crea el Consejo para el seguimiento del Pacto Social de la Comunidad de Madrid contra los trastornos del comportamiento alimentario: La anorexia y la bulimia (Legislación consolidada).

 

* Orden 183/2021, de 18 de febrero, del Consejero de Sanidad, por la que se procede al cese y nombramiento de Vocales No Natos del Consejo para el seguimiento del Pacto Social de la Comunidad de Madrid contra los trastornos del comportamiento alimentario, para su publicación en el Portal de Transparencia (BOCM nº 62, de 15 de marzo de 2021)

Competencias

El Consejo para el seguimiento del pacto social de la Comunidad de Madrid contra los trastornos del comportamiento alimentario: La anorexia y la bulimia, en el marco previsto en dicho pacto social, tendrá las siguientes funciones:

a) Decidir sus líneas generales de actuación.
b) Elaborar, modificar, en su caso, y aprobar sus normas de organización y funcionamiento.
c) Realizar el seguimiento de las actuaciones previstas y velar por su cumplimiento.
d) Evaluar los resultados obtenidos en su ejecución.
e) Formular propuestas para la aplicación de los compromisos asumidos contra los trastornos del comportamiento alimentario: La anorexia y la bulimia.
f) Desarrollar las actuaciones necesarias para la adecuada coordinación de las consejerías implicadas, a fin de conocer y valorar el desarrollo y ejecución de las actuaciones y compromisos fijados.
g) Elaborar una memoria anual sobre su seguimiento y valoración.
h) Formular, debatir y aprobar los estudios, informes, propuestas y trabajos a él presentados.
i) Cuantas otras atribuciones le puedan ser conferidas reglamentariamente o se deduzcan de su naturaleza como órgano colegiado, de carácter consultivo y asesor.