Dirección: 

C/ Ramírez de Prado, 5 bis – 3ª planta

Código Postal: 
28045
Municipio : 
Madrid
Distrito: 
Arganzuela
Transportes próximos: 
Normativa aplicable

– Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo. -BOCM 07.09.2023

Competencias

Le corresponde a la Subdirección General de Estadística, las sgiuientes competencias:

4. En materia de estadística:
a) La promoción, dirección y coordinación de la actividad estadística pública de interés
para la Comunidad deMadrid y la difusión de las estadísticas relativas a la Comunidad
de Madrid.
b) La elaboración del proyecto de Plan de Estadística de la Comunidad de Madrid y
los correspondientes programas anuales, con la colaboración de las restantes unidades
del Sistema Estadístico de la Comunidad deMadrid y la colaboración de los
ayuntamientos.
c) La propuesta de normas sobre conceptos, definiciones, clasificaciones, nomenclaturas
y códigos para la clasificación de los datos y la presentación de resultados,
impulsar su utilización en la actividad estadística de la Comunidad de Madrid y
promover, en el marco de las competencias de esta, la coordinación metodológica
con las estadísticas del resto de administraciones y de organismos internacionales.
d) La realización de las actividades estadísticas que le sean encomendadas en los
Programas Anuales de Estadística.
e) La utilización con fines estadísticos de los datos de fuentes administrativas, así
como la promoción de su uso por el resto de unidades del sistema estadístico regional.
f) La elaboración de sistemas integrados de estadísticas demográficas, económicas y
sociales.
g) La realización de los trabajos de investigación estadística necesarios para crear y
actualizar los parámetros básicos de información que permitan el análisis científico
de la sociedad madrileña, las viviendas y las actividades económicas.
h) La promoción de la investigación estadística y la formación y el perfeccionamiento
profesional del personal estadístico.
i) Velar, con la colaboración de las unidades del Sistema Estadístico, por la aplicación
y el respeto del secreto estadístico.
j) El informe preceptivo de todo proyecto de convenio en el que participe la Comunidad
de Madrid cuando tenga entre sus objetivos la realización de estadísticas.
k) La realización de investigaciones para contrastar la eficacia de las metodologías
empleadas en la elaboración de las estadísticas por unidades que realizan actividad
estadística regulada por la normativa vigente.
l) La propuesta y tramitación de acuerdos y convenios con otras Administraciones
públicas en lo relativo a las operaciones estadísticas que tenga encomendadas.
m) La representación de la Administración en todos los foros relativos a la estadística.

5. Como responsable del tratamiento de datos personales, le corresponde la gestión,
coordinación y dirección del tratamiento de los datos en el ámbito de sus competencias, así
como la determinación de los fines y los medios técnicos y organizativos que resulten necesarios
para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección
de datos personales.