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Los centros educativos,
antes del 22 de junio,
remitirán al Servicio de Inspección
Educativa las propuestas de escolarización
de cada alumno acompañadas de la siguiente
documentación:
a) Resolución
de autorización de la incorporación a un
programa de cualificación profesional
inicial, dictada por el Director del centro
educativo en el que el alumno está cursando
la Educación Secundaria Obligatoria
(Documento 4 de la Orden 1797/2008).
b) Dictamen
de escolarización, que incluirá los
siguientes aspectos:
• Las
conclusiones del proceso de evaluación
psicopedagógica referidas al desarrollo
general del alumno y a su nivel de
competencia curricular, así como a otras
condiciones significativas para el proceso
de enseñanzas y aprendizaje.
• Orientaciones
sobre propuesta curricular que mejor
satisfaga sus necesidades educativas; sobre
los aspectos organizativos y metodológicos
y, en su caso, sobre el tipo de apoyo
personal y material necesario, teniendo en
cuenta los recursos disponibles o que
razonablemente puedan ser incorporados. Las
orientaciones incluirán indicaciones para la
elaboración de las adaptaciones del
currículo.
• La
opinión de los padres en relación con la
propuesta de escolarización.
• Propuesta
razonada de la escolarización en función de
las necesidades del alumno y de las
características y posibilidades de los
centros del sector.
El Servicio de Inspección de
Educación, antes del 27 de junio, emitirá el informe favorable o
desfavorable, que remitirá al centro que
realizó las propuestas de escolarización y
al Presidente de la Comisión de
Escolarización Territorial, al que también
remitirá la documentación aportada por los
centros.
El Inspector Presidente de la
Comisión de Escolarización Territorial, a la
vista de la documentación aportada, y en
función de las plazas disponibles, emitirá
la correspondiente Resolución de
Escolarización y la enviará, antes del 2
de julio, al director del centro de
origen, quien lo pondrá en conocimiento de
la familia del alumno, para que pueda
realizar la matrícula en el plazo ordinario.
Simultáneamente se enviará notificación de
dicha Resolución al centro de destino.
Los alumnos formalizarán la
matriculación del 2 al 9 de julio en
periodo ordinario y del 7 al 12 de
septiembre en periodo extraordinario.
En caso de no efectuar dicho trámite
decaerán en su derecho.
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