La
Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, a través del Área de
Normativa Técnica, Supervisión y Control, dependiente de la
Subdirección General de Arquitectura.
INFORMA
Primero.- Que los costes de referencia de la edificación, se
derivan de la existencia de un método para la determinación de los
mismos, método que carece de soporte legal alguno, y cuyo origen se
encuentra en la desaparición de los costes mínimos de referencia que
establecían los correspondientes Colegios Profesionales, siendo su
finalidad la mera orientación al usuario acerca de los costes de
construcción.
Segundo.- Que el mencionado método fue desarrollado por
el Área de Normativa Técnica, Supervisión y Control, en el año 1.998
y desde entonces se incorporó como una utilidad en las
diferentes ediciones de la Base de Datos de la Construcción de la
Comunidad de Madrid. Por este motivo la serie histórica de datos de
este método está compuesta por los correspondientes a los años
1.998, 2000, 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2010,
2012, 2013, 2014 , 2015 y 2020.
Este método orientativo fue interrumpido durante 2011 debido a la
incorrecta utilización que se ha venido haciendo de ésta
herramienta.
Se trata de un procedimiento sencillo y explícito que se pone a
disposición de los usuarios como primera aproximación a los costes
de construcción o como referencia, por lo que tiene el carácter de
una herramienta de ayuda o referencia.
Tercero.- Algunas instituciones en base a sus atribuciones y
competencias, lo han incorporado como tal o lo han perfeccionado
adecuándolo a sus necesidades concretas, adjudicándole la condición
de valores o de procedimiento obligatorio para referencia de costes,
a pesar de carecer de soporte legal alguno.
Cuarto.- Estos costes de referencia no predominan sobre el
fijado en proyecto por el arquitecto director de las mismas.
Quinto.- Los costes de referencia no son de aplicación
obligatoria para la determinación de la tasa urbanística y del
Impuesto de construcciones, instalaciones y obras (ICIO) gestionado
por los Ayuntamientos.
Dirección General de Vivienda y Rehabilitación
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