Resolución número 023/2013
Desestimación de recurso contra Acuerdo de exclusión por falta de acreditación de solvencia en trámite de subsanación.
Desestimación de recurso contra Acuerdo de exclusión por falta de acreditación de solvencia en trámite de subsanación.
Estimación de recurso contra exclusión por no acreditar el volumen de negocio exigido como criterio de solvencia económica. Presentación de aclaraciones: La licitadora es una sucursal en España de una empresa belga. Procedencia de concesión de plazo de subsanación.
Desestimación de recurso contra exclusión en contrato de servicios por inclusión errónea de documentación correspondiente a criterios de valoración automática junto con la relativa a criterios de evaluación mediante juicio de valor.
Desestimación de recurso contra exclusión de la oferta por incumplimiento de las exigencias de solvencia financiera. Improcedencia de la subsanación.
Desestimación del recurso interpuesto contra exclusión de la oferta en contrato de suministros por falta de acreditación del cumplimiento de los requisitos exigidos en la documentación presentada. Los ensayos realizados para obtener el certificado de normalización no son los exigidos en los Pliegos.
Desestimación del recurso contra exclusión del recurrente al haberse incluido la oferta económica en el sobre de documentación técnica. Inexistencia de oscuridad en el PCAP. Carácter insubsanable del defecto padecido.
Desestimación del recurso. Correcta exclusión del licitador por falta de acreditación de la solvencia técnica y profesional exigida por los pliegos.
Inadmisión de reclamación de la Ley 31/2007 contra acuerdo de inadmisión de la oferta, por incompetencia del Tribunal al tratarse de un servicio no comprendido en el ámbito de aplicación de reclamación. Metro de Madrid, S.A.
Desestimación de recurso contra desistimiento del órgano de contratación al concurrir vulneración del procedimiento de licitación.
Estimación del recurso contra acuerdo de exclusión al requerir la Mesa de contratación certificados justificativos de la realización de trabajos para sujetos privados, no exigidos en el art. 78.a) del TRLCSP, como medio de acreditación de la solvencia.