Resolución número 227/2020
Desestimación de un recurso contra la admisión de una licitadora que ha presentado distintos porcentajes de baja a los productos que constituyen el lote.
Desestimación de un recurso contra la admisión de una licitadora que ha presentado distintos porcentajes de baja a los productos que constituyen el lote.
Inadmisión por extemporáneo de recurso contra la imposibilidad de presentación de oferta a través del portal Vortal. En realidad el licitador no aceptó las condiciones del envío de la oferta y esta no se produjo.
Inadmisión de recurso especial contra exclusión de contrato de suministro. El recurso se interpone ante el órgano de contratación presentándolo en plazo en Correos, el recurso se recibe fuera de plazo sin que el recurrente haya comunicado su presentación. Recurso extemporáneo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 50.1.c), 51.3, y 55.d) de la LCSP.
La recurrente ha justificado adecuadamente los costes, tal y como reconoce la propia Administración cuando la califica de muy motivada. Afirmar como motivo de exclusión que no existe cuantificación de las diversas partidas en una baja porcentualmente muy poco importante no constituye la motivación reforzada que requiere la doctrina para excluir.
Inadmisión de recurso especial por falta de legitimación. La empresa recurrente se encuentra clasificada en tercer lugar, carece de interés legitimo, ya que la estimación del recurso no le reporta beneficio inmediato alguno.
Desestimación recurso contra la adjudicación del contrato ya que el adjudicatario cumple las prescripciones técnicas contenidas en los Pliegos.
Inadmisión recurso especial por extemporáneo.
Recurso contra los Pliegos de suministro de prensa a los centros del AMAS. La recurrente desiste del recurso al conocer que el AMAS desiste de adjudicar el contrato por razones de interés público derivadas de la pandemia del COVID-19.
Desestimatoria. Suministros eléctricos de baja tensión. Cumplimiento prescripciones técnicas. Ambito de los poderes electrónicos apud acta.
Desestimación recurso. El recurrente está legitimado para que se declare desierto el recurso. El adjudicatario cumple con las prescripciones técnicas.