Resolución número 388/2022

Resolución número 388/2022
Fecha: 
06/10/2022
Número de Resolución: 
388/2022

Se considera retirada la oferta al no presentar ninguno de los documentos requeridos tal y como determina el artículo 150.2 LCSP. No se puede aplicar la teoría antiformalista y requerir de subsanación cuando la omisión es total

Número de Expediente: 
394/2022
Tipo de Contrato: 
Tipo de Resolución: 
Procedencia: