Resolución número 351/2023
Recurso contra la exclusión de oferta por incurrir en valores anormales. Estimación. Correcta justificación del licitador, no así el informe del órgano de contratación sobre dicha justificación.
Recurso contra la exclusión de oferta por incurrir en valores anormales. Estimación. Correcta justificación del licitador, no así el informe del órgano de contratación sobre dicha justificación.
Reclamación contra la adjudicación del contrato por incumplimiento del adjudicatario de la solvencia técnica exigida en cuanto los medios personales a adscribir al contrato. Desestimación. El órgano de contratación ha hecho un cálculo correcto del tiempo de experiencia exigida en los pliegos para el jefe de obra.
Reclamación contra adjudicación del contrato por incurrir la oferta en anormalidad. Desestimación. Justificación suficiente del adjudicatario e informe motivado por el órgano de contratación, considerando la viabilidad de la oferta. Doctrina del Tribunal al respecto.
La acreditación documental de los medios materiales adscritos a un contrato se establecerá en el PCAP. Un licitador no puede pretender alterar este régimen de aportación documental. Principio de pliegos lex contractus.
Inadmisión recurso contra adjudicación de contrato de obras por cuantía inferior a 3.000.000 de euros.
Recurso contra la exclusión de licitador por no justificar su oferta incursa en valores anormales. Desestimación. Existe motivación exhaustiva del órgano de contratación. Doctrina sobre la discrecionalidad técnica del órgano de contratación a la hora de valorar la justificación del recurrente.
Desestimación. La forma de satisfacer las necesidades la define el órgano de contratación. No se requieren 8 ingenieros sino 5 especialistas. Tampoco se requiere que pertenezcan a la plantilla. La experiencia adicional es proporcionada. Favorecimiento PYMES.
Recurso contra la valoración de criterio sujeto a juicio de valor. Desestimación, La argumentación de la recurrente se fundamenta en datos que carecen de veracidad de acuerdo con los que constan en el expediente.
Recurso contra adjudicación de contrato por incorrecta valoración. Pérdida sobrevenida del objeto del contrato al haber anulado la M-30 la resolución recurrida.
Recurso contra la exclusión de licitador por falta de solvencia al no tener una de las empresas que forman parte de la UTE la clasificación. Estimación. Aplicación del artículo 52.2 del Reglamento de Contratos es que se establece la excepción al párrafo primero, que en caso de que uno de los componentes de la UTE tenga por sí misma la clasificación exigida la UTE alcanzará la clasificación. En este caso una de las componentes cumple este requisito.