Resolución número 336/2019
Recurso contra pliegos. Se tiene por concluido el procedimiento al haberse declarado desierto.
Recurso contra pliegos. Se tiene por concluido el procedimiento al haberse declarado desierto.
Desestimación de un recurso contra la adjudicación de un contrato de servicios educativos. La puntuación otorgada a la recurrente es correcta ya que cumple el requisito de la titulación del apartado c) en todos los profesores pero ha incluido a profesores nativos, considerando el órgano de contratación que estos últimos únicamente pueden ser valorados en el apartado b), independientemente de la titulación que tengan.
Inadmisión de recurso especial contra el acuerdo de la mesa de contratación por la que se admite la viabilidad de la oferta de adjudicataria. Acto de trámite que no pone fin al procedimiento ni produce indefensión. Acto no recurrible.
Inadmisión de recurso especial por falta de legitimación. El recurrente fue excluido de la licitación por baja temeraria. No solicita la exclusión del adjudicatario. Hay otras seis empresas admitidas. La estimación del recurso no mejoraría su posición en la licitación.
Inadmisión recurso especial contra acuerdo de la Mesa de Contratación de propuesta de exclusión por incurrir la oferta en baja temeraria. Acto de tramite no cualificado no susceptible de recurso especial.
Desestimación recurso contra adjudicación festejos municipales. Criterios evaluables mediante juicios de valor. Discrecionalidad técnica de los órganos que valoran.
Desestimación de un recurso contra la exclusión de una empresa que no ha subsanado la acreditación de la habilitación profesional requerida. El requerimiento de subsanación se refería a dos condiciones: la solvencia técnica y la habilitación profesional. En el plazo de subsanación no se acreditó el cumplimiento del requisito de habilitación profesional requerido. La acreditación aportada posteriormente muestra que en el momento de finalización del plazo de presentación de ofertas, la empresa no contaba con la misma y en consecuencia no cumplía el requisito de habilitación requerido.
Desestimación del recurso especial contra adjudicación contrato por no haber justificado su oferta el adjudicatario. Este no se encuentra en baja temeraria y acredita suficientemente el cumplimiento de las obligaciones socio-laborales.
Estimación de un recurso contra el acuerdo de la Mesa de inadmitir a una empresa que aparentemente ha presentado dos ofertas de forma electrónica. Antes de excluir a la licitadora la Mesa debe comprobar si se da el supuesto del artículo 139.3 de la LCSP, que prohíbe la presentación de proposiciones simultáneas o si es una mera duplicación. Hay que tener en cuenta las dificultades que plantea la contratacion electrónica.
Desestimación de un recurso contra contrato de servicios de seguridad. Existe garantía provisional que es acreditada mediante un aval extranjero sin autentificar en España y a favor de otra empresa filial de la licitadora.