Resolución número 502/2019
Declaración de concluso del procedimento por desistimiento del procedimiento de licitación por el órgano de contratación dado que el contenido del PPT publicado puede interpretarse como limitador de la libre competencia.
Declaración de concluso del procedimento por desistimiento del procedimiento de licitación por el órgano de contratación dado que el contenido del PPT publicado puede interpretarse como limitador de la libre competencia.
Desestimación recurso especial. El protocolo del contrato derivado incluye pluralidad de criterios, frente a la adjudicación del acuerdo marco que establecía criterio único precio. Por tanto, para la determinación de la temeridad se aplica el artículo 152.2. Al no establecerse criterios en este sentido en el protocolo de contratación de los contratos derivados no opera la temeridad. La oferta del licitador al ofertar un precio inferior al de adjudicación del acuerdo marco es correcta. Dichos precios operan como precios máximos.
Desestimación de recurso contra la adjudicación de contrato de suministro médico por la valoración otorgada a dos criterios de adjudicación evaluables automáticamente. Discrecionalidad técnica. Valoración parcialmente incorrecta, se estima un criterio y se desestima otro. Se mantiene la adjudicación efectuada al no superar la valoración total obtenida por la recurrente la del adjudicatario. Conservación de actos y trámites según dispone el artículo 51 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Desestimación por incumplimiento de prescripciones técnicas sobre el concepto "PC de última generación".
Estimación de un recurso contra la adjudicación de un contrato de suministro de ecocardiógrafos y ecógrafos. El Pliego incluye como criterio automático la inclusión de un plan de formación sin más precisiones por lo que la recurrente debe obtener la totalidad de los puntos. No pueden asignarse puntuaciones por el tipo de formación ofrecida porque no aparece en el Pliego.
Inadmisión recurso contra informe técnico en que consta el no cumplimiento de los requisitos técnicos. No vincula a la Mesa, a la que corresponde la exclusión.
Se tiene por desistida la recurrente en su recurso contra los Pliegos de un contrato de suministro de implantes cocleares para el SERMAS. La recurrente ha presentado un escrito de desistimiento. Aplicación supletoria de la Ley 39/2015, artículos 84 y 94.
Desestimación recurso especial, el órgano de contratación ha justificado de modo objetivo y razonable la idoneidad de las especificaciones para cubrir las necesidades objeto del contrato, atendiendo a la funcionalidad requerida, sin que limite los principios de igualdad, no discriminación y libre concurrencia.
Desestimación de un recurso contra la adjudicación de un contrato de suministro de estaciones de trabajo de quirófano. El Pliego pide brazos extensibles pero sin especificar rangos o zonas de la extensión por lo que si el órgano de contratación considera suficiente la posibilidad de extensión ofertada no puede concluirse que suponga incumplimiento del requisito del PPT.
Desestimación. Faltan certificados de suministros similares con código CPV correspondiente. Estimación del motivo sobre la solvencia económica. Interpretación "literalista" y no finalista de la misma.