Resolución número 054/2023
Desestimación. Incumplimiento prescripciones técnicas.
Desestimación. Incumplimiento prescripciones técnicas.
Los requisitos técnicos solicitados en un suministro no pueden ser únicamente cumplidos por una empresa. Necesidad de justificar la no división en lotes.
Inadmisión por incompetencia del Tribunal, pues la contratación de emergencia no es susceptible de recurso especial (artículo 44.4 LCSP).
Inadmisión. La contratación de emergencia no es susceptible de recurso especial en virtud del artículo 44.4 LCSP, por lo que el Tribunal es incompetente para su resolución.
Los requisitos técnicos solicitados en un suministro no pueden ser únicamente cumplidos por una empresa. Necesidad de justificar la no división en lotes.
Los requisitos técnicos solicitados en un suministro no pueden ser únicamente cumplidos por una empresa. Necesidad de justificar la no división en lotes.
Inadmisión por incompetencia del Tribunal, pues la contratación de emergencia no es susceptible de recurso especial, en virtud del artículo 44.4 LCSP.
Inadmisión por incompetencia del Tribunal, pues la contratación de emergencia no es susceptible de recurso especial en virtud del artículo 44.4 LCSP.
Estimación. Los pliegos favorecen a un único licitador, vulnerando los principios que rigen la contratación administrativa de un procedimiento abierto.
Se excluye al recurrente por no cumplir con los requisitos exigidos en el PPT. Revisado el expediente se desestima el recurso por no cumplir con lo exigido en el pliego, no pudiendo tener en consideración otras mejoras no establecidas en el PPT.