Resolución número 239/2022

Resolución número 239/2022
Fecha: 
22/06/2022
Número de Resolución: 
239/2022

Estimatoria. El recurrente no está en baja desproporcionada atendiendo al conjunto de su oferta. El pliego no admite bajas desglosadas para cada mantenimiento. Las bajas deben entenderse en el sentido más favorable para la continuidad en el procedimiento y el principio de concurrencia. El artículo 149 LCSP establece el criterio de baja sobre el conjunto de la oferta.

Número de Expediente: 
217/2022
Tipo de Contrato: 
Tipo de Resolución: 
Acto Recurrido: