Resolución número 255/2022

Resolución número 255/2022
Fecha: 
07/07/2022
Número de Resolución: 
255/2022

La impugnación indirecta de los pliegos a través de la adjudicación no cabe si no se cumplen los criterios jurisprudenciales o si no concurre causa de nulidad. La apreciación de la viabilidad de las ofertas incursas en presunción de anormalidad responde al concepto de discrecionalidad técnica del órgano de contratación, debe estar motivada, pero no se exige motivación exhaustiva en caso de estimar la viabilidad presentada por el licitador.

Número de Expediente: 
218/2022
Tipo de Contrato: 
Tipo de Resolución: 
Acto Recurrido: 
Objeto: