Resolución número 078/2022
Estimación. Baja desproporcionada. Aclaración informe justificativo. No cabe ofrecer sucesivas oportunidades de informar. Prevalece el primer informe técnico que estima no viable la oferta.
Estimación. Baja desproporcionada. Aclaración informe justificativo. No cabe ofrecer sucesivas oportunidades de informar. Prevalece el primer informe técnico que estima no viable la oferta.
Desestimación del recurso. El recurrente incurso en baja temeraria, presenta una justificación de su oferta y a la vista de un requerimiento efectuado por el órgano de contratación, presenta una oferta distinta. Los cambios efectuados en la oferta son de tal entidad que llevan a no tomar en consideración la misma y como resultado la no justificación de la viabilidad de la oferta.
Desestimación de recurso contra la exclusión de la oferta por no haber justificado adecuadamente la viabilidad de su oferta considerada temeraria
Inadmisión recurso especial por ser acto no susceptible de recurso especial. Recurre contra la propuesta de exclusión por baja temeraria realizada por la mesa. Acto de trámite pendiente de decisión por el órgano de contratación conforme al artículo 149 de la LCSP.
Desestimación de recurso contra adjudicación. El adjudicatario justifica de manera clara y suficiente su oferta. Asimismo, el órgano de contratación motiva adecuadamente la aceptación de la justificación presentada por el licitador.
Inadmisión recurso especial por razón de la cuantía. Contrato de concesión de servicios por valor inferior a 3.0000.000 de euros. Imposición de multa.
Recurso contra la adjudicación del contrato por no haber justificado la oferta incursa en temeridad. Desestimación. El informe de justificación está suficientemente motivado para justificar la viabilidad de la oferta.
Desestimación de recurso que pretende considerar el umbral de temeridad como excluyente de la licitación sin atender al procedimiento contradictorio establecido en el art. 149 LCSP
Terminación del procedimiento por imposibilidad material de su continuación con pérdida sobrevenida de su objeto.
Desestimación impugnación aceptación baja desproporcionada. Los aspectos de solvencia no atañen a la baja. El informe técnico, aunque escueto, es suficiente.