Resolución número 147/2023
Se impugna la no valoración de dos criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor. No consta en el proyecto técnico que se ofertase esos criterios. El licitador los incluye en los criterios sujetos a fórmulas. No es posible, una vez abierto el sobre que contiene la oferta económica y los criterios sujetos a fórmulas, modificarse el informe técnico pues la imparcialidad se vería truncada. Se desestima el recurso.