Resolución número 156/2020
Inadmisión de recurso contra un acto de la mesa de contratación que no se considera de trámite cualificado. Acuerdo de puntuaciones de los criterios de adjudicación.
Inadmisión de recurso contra un acto de la mesa de contratación que no se considera de trámite cualificado. Acuerdo de puntuaciones de los criterios de adjudicación.
Desestimatoria contra exclusión por no justificar la baja en un contrato de gestión de pisos sociales.
Inadmisión de recurso contra el acto de la mesa de subsanación de oficio de la oferta económica. No se considera acto recurrible de conformidad con el art. 44.2 LCSP.
Estimación de recurso contra la exclusión de oferta por considerar inviable la justificación de baja temeraria efectuada por la recurrente. La mesa de contratación se aparta de los requerimientos de documentación que prevé el art. 149.4 practicando un estudio de viabilidad de la empresa y no de la oferta. En sus conclusiones considera que la oferta es viable pero con un mínimo beneficio industrial que la hace inviable empresarialmente.
Desestimación de recurso contra exclusión y adjudicación de contrato de servicios. No queda acreditada la viabilidad de la oferta pues los costes salariales de todos los perfiles no cubren los previstos en el convenio colectivo de aplicación, ninguno incluye los gastos derivados de los trienios y quinquenios que puedan resultar de aplicación, en ninguno de los perfiles, y tampoco se justifican otros gastos indirectos. Arts. 149 y 201 LCSP.
Inadmisión de un recurso contra la exclusión por la Mesa, en ejecución de una Resolución del Tribunal. La recurrente plantea cuestiones ya analizadas en la Resolución 71/2020 por lo que se trata de cosa juzgada material y el recurso debe inadmitirse.
Desestimación de recurso contra la exclusión del recurrente por no acreditar la solvencia requerida. La relación de trabajos similares aportada no se sustenta en los certificados que indica el art. 90 de la LCSP.
Declaración de concluso de un recurso contra la exclusión de un procedimiento de adjudicación de servicios de telemonitorización. El órgano de contratación renuncia al contrato por causas de interés público.
Desestimación de la reclamación contra la exclusión del procedimiento de contratación de servicios de mantenimiento de sistema MISS de seguridad. El procedimiento no fue suspendido por el órgano de contratación por la Disposición adicional tercera del Real Decreto 453/2020 de 14 de marzo que permite en casos excepcionales que el órgano de contratación acuerde motivadamente la continuación del procedimiento. Esto es lo que ha ocurrido por lo que al no presentar la empresa los documentos en el plazo señalado la exclusión es correcta.
La empresa recurre contra su exclusión tácita. No queda acreditado el mal funcionamiento del portal VORTAL que le hubiera impedido presentar su proposición.