Resolución número 422/2023
Inadmisión de recurso especial contra adjudicación de contrato basado con un valor estimado inferior a 100.000 euros.
Inadmisión de recurso especial contra adjudicación de contrato basado con un valor estimado inferior a 100.000 euros.
Desestimación de recurso que pretende la mejora de la puntuación obtenida por su oferta en cuanto a los criterios sujetos a juicio de valor. El informe técnico que fundamenta y justifica las calificaciones otorgadas no denota arbitrariedad alguna, por lo que en aplicación de la doctrina de la discrecionalidad técnica se considera correcta la actuación de la mesa de contratación.
Recurso contra adjudicación del contrato por revelación de mejoras evaluables en el sobre que contiene criterios sujetos a juicio de valor. Desestimación. No queda acreditada tal revelación. Doctrina al respecto. En cualquier caso la ponderación sobre el total de la puntuación es irrelevante por lo que no hubiera podido influir en el técnico que realiza la valoración (0,15 sobre el total de la puntuación).
El recurrente alega que el adjudicatario no tiene inscrito el plan de igualdad a fecha final de presentación de ofertas. Aplicación de la doctrina del "self-cleaning". Se desestima el recurso.
Excluida una propuesta por presentar una sola oferta económica a dos lotes, esta exclusión es recurrida por el segundo clasificado del lote 5. Por el orden de preferencia de adjudicación de los lotes, la exclusión de la mencionada empresa le perjudica al no permitirle alcanzar el primer puesto en la clasificación. Se considera legitimado. Se desestima el recurso al no haber motivo alguno para anular dicha exclusión.
Se impugna la adjudicación de los tres lotes que conforman el contrato basado. Se inadmite el recurso contra uno de los lotes por no acreditar el beneficio que le supondría la estimación del recurso. En cuanto a los otros dos lotes impugna que no se ha valorado una de las plantas de separación de aire, sin embargo no acredita la capacidad productiva de la planta, tal y como exige el PPT, por lo que se desestima el recurso.
Reclamación extemporánea EMT.
Recurso contra adjudicación de contrato. El recurrente había sido excluido de la licitación por resolución del órgano de contratación confirmada por resolución de este Tribunal. Se admite su legitimación al no haber alcanzado esta resolución firmeza al estar recurrida en vía contencioso-administrativa. Aplicación de la doctrina de la cosa juzgada administrativa.
Falta de acreditación de la aptitud para contratar por no contar con un plan de igualdad vigente, actualizado a la normativa e inscrito. Naturaleza del DEUC alcance de sus inexactitudes.
Desestimación de recurso interpuesto por segunda clasificada contra adjudicación. No se estima incumplimiento de solvencia técnica, ni de compromiso de medios personales, ni de prescripciones técnicas a través de justificación viabilidad oferta incursa en presunción de anormalidad. Discrecionalidad técnica.