Resolución número 118/2024
Las habilitaciones profesionales requeridas en el PCAP, en materia de Seguridad Privada, podrán ser aportadas por el propio licitador (en caso de que sean varias empresas en UTE por todas ellas, al tratarse de una sola licitadora) o bien podrán acreditarse con la habilitación del subcontratista.