Resolución número 112/2022

Resolución número 112/2022
Fecha: 
17/03/2022
Número de Resolución: 
112/2022

El error a la hora de confeccionar el DEUC es subsanable. La falta de presentación de este documento por aquellas empresas que cederán sus medios a la licitadora, también se considera subsanable. Corresponde a la mesa de contratación verificar estos defectos y solicitar su corrección.

Número de Expediente: 
086/2022
Tipo de Contrato: 
Tipo de Resolución: 
Acto Recurrido: 
Objeto: