Resolución número 338/2023

Resolución número 338/2023
Fecha: 
07/09/2023
Número de Resolución: 
338/2023

Inadmisión pues no puede reconocerse legitimación al recurrente, que, aun siendo adjudicatario del contrato vigente, no mostró interés en participar en la licitación, ni presentando oferta, ni impugnando los pliegos por impedírsele hacerlo. La declaración de desierta de la licitación no implicaría obligatoriamente la decisión de prorrogar su contrato, por lo que su interés en la resolución del contrato es hipotético, potencial y futuro.

Número de Expediente: 
320/2023
Tipo de Contrato: 
Tipo de Resolución: 
Acto Recurrido: 
Objeto: