Resolución número 086/2020
Inadmisión de recurso contra un contrato de suministros médicos al impugnar un acuerdo de la mesa de contratación que no puede considerarse susceptible de recurso.
Inadmisión de recurso contra un contrato de suministros médicos al impugnar un acuerdo de la mesa de contratación que no puede considerarse susceptible de recurso.
Desestimación de recurso de mantenimiento de diversa equipación medica. El O.C. solicita la habilitación profesional correspondiente para la manipulación de la maquinaria objeto de mantenimiento. La recurrente es excluida de la licitación ante la falta de dicha acreditación. Esta en su recurso intenta que otra habilitación pueda considerarse similar.
Estimación parcial de recurso contra un contrato de servicios de gestión de la recaudación ejecutiva municipal. En primer lugar se recurre la incorrecta ejecución de una anterior resolución que acordaba el único código CPV que debe establecerse para este servicio, pues añade el pretendido pero no elimina los inicialmente establecidos. En segundo lugar pretende la declaración de la solvencia técnica como desproporcionada. No habiéndose modificado la redacción de esta claúsula desde el primer pliego y no habiendo sido impugnada en su momento, se desestima este motivo de recurso.
Desestimación de recurso contra la declaración de un licitador como excluido en un contrato de servicios reservados a CEE y empresas de inserción laboral. El recurrente dice cumplir los requisitos exigidos para ambas categorías, pero no se encuentra autorizado y preceptivamente inscrito en los registros oficiales de empresas de esta tipología.
Desestimación de recurso contra un contrato de obras por considerar la recurrente que la solvencia requerida era desproporcionada e impedía el acceso a las PYMES. Impugna también la valoración de la experiencia profesional de algunos miembros del equipo de obras. Se desestima por ser la solvencia proporcional a la magnitud del contrato y estar los criterios de valoración perfectamente establecidos no manifestando los pliegos causa alguna de vulneración de los principios de igualdad de trato y libre competencia.
Desestimación de recurso contra exclusión en contrato de servicios por no acreditar el propuesto adjudicatario los medios personales a adscribir a la ejecución del contrato exigidos en los pliegos. No procede conceder plazo para rectificar errores o completar la documentación fuera del establecido para la presentación de la documentación y para su subsanación. La admisión de doble plazo de subsanación supone inseguridad jurídica para todos los participantes en el procedimiento impidiendo la eficiencia de la contratación, con perjuicio para los intereses de las partes.
Estimación de recurso especial contra el anuncio y pliegos de un contrato de servicios, al exigir como solvencia técnica o profesional certificados de fabricantes por no considerarlo ajustado a lo dispuesto en los artículos 76.3, 86.1 y 90.1 de la LCSP, con retroacción de las actuaciones debiendo licitar nuevamente el contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121.1 de la LCSP.
Desestimación recursos acumulados por certificación energías renovables. Asunto ya tratado por el Tribunal en diversas Resoluciones. Falta de cosa juzgada al ser otro procedimiento contractual. No existe como causa de inadmisión el haber resuelto ya temas iguales. Reiteración de doctrina anterior, confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Multa por temeridad y mala fe.
No subsanación acreditación solvencia técnica requerida. Se pide el nombre de un carpintero con experiencia de cinco años y se presenta el de una empresa. Diferencia entre subsanación y aclaración del artículo 95 de la LCSP.
Desestimación del recurso. No presentación de certificación requerida en plazo de subsanación en adjudicación.