Discrecionalidad Técnica

Resolución número 304/2020

Número de Resolución: 
304/2020
Fecha: 
Viernes, 13 Noviembre, 2020

Estimatoria. La no constitución en plazo de cinco días hábiles de la garantía definitiva no permite deducir que se ha retirado la proposición cuando se han desplegado todas las actividades necesarias a tal fin y se ha acreditado la concesión del aval ante la Administración, no siendo imputable al adjudicatario el retraso. El artículo 150.2 de la LCSP establece una presunción iuris tantum de retirada de la proposición que admite prueba en contrario.

Resolución número 072/2020

Número de Resolución: 
072/2020
Fecha: 
Jueves, 5 Marzo, 2020

Desestimación recurso especial contra adjudicación de contrato. No se aprecia incumplimiento de las prescripciones técnicas por el hecho de que una parte de la documentación no esté traducida. No ha afectado al informe emitido. No se aprecia vulneración de secreto de las ofertas por incluir documentación técnica en sobre administrativo, al no existir criterios de adjudicación sujetos a juicios de valor. 

Resolución número 053/2020

Número de Resolución: 
053/2020
Fecha: 
Miércoles, 12 Febrero, 2020

Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios. Discrecionalidad técnica, sin que se aprecie desviación de poder, arbitrariedad, ni existencia de patente error en la valoración técnica efectuada a la oferta. Extemporaneidad de las alegaciones efectuadas por la recurrente. Inexistencia de cosa juzgada. 

Resolución número 486/2019

Número de Resolución: 
486/2019
Fecha: 
Jueves, 21 Noviembre, 2019

Desestimación recurso especial, el órgano de contratación ha justificado de modo objetivo y razonable la idoneidad de las especificaciones para cubrir las necesidades objeto del contrato, atendiendo a la funcionalidad requerida, sin que limite los principios de igualdad, no discriminación y libre concurrencia.

Resolución número 467/2019

Número de Resolución: 
467/2019
Fecha: 
Miércoles, 6 Noviembre, 2019

Desestimación de recurso contra adjudicación de contrato de servicios de mantenimiento. Se impugna la valoración del adjudicatario, así como del recurrente de un subcriterio sujeto a juicio de valor, y la falta de motivación de la adjudicación. Principio de discrecionalidad técnica. No se aprecia desviación de poder, arbitrariedad, ni patente error en la valoración.

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