- Transparencia
- Límite de gasto no financiero
- Capacidad o necesidad de financiación e inversión y gasto por habitante
- Proyecto, Presupuestos y ejecución anual
- Ejecución presupuestaria
- Créditos extraordinarios, suplementos y demás modificaciones
- Presupuestos del sector público
- Informes objetivos estabilidad
- Planes económico-financieros, de reequilibrio y de ajuste
- Desviación en la ejecución
- Gastos de personal
- Gasto efectuado en arrendamiento de bienes inmuebles
- Gasto efectuado en ayudas o subvenciones
- Gastos por políticas públicas
- Informes AIREF
- Indicadores de eficiencia y/o eficacia del gasto
- Indicador financiación inversiones con subvenciones finalistas
- Informe fondo COVID-19
Planes económico-financieros, de reequilibrio y de ajuste
La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF) establece que, en caso de incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, del objetivo de deuda pública o de la regla de gasto, la Administración incumplidora formulará un plan económico-financiero (PEF) que permita, en el año en curso y el siguiente, el cumplimiento de los objetivos o de la regla de gasto. La Comunidad de Madrid elaboró un PEF, considerado idóneo por el Pleno del Consejo de Política Fiscal y Financiera, en su reunión del 31 de julio de 2018. Puede consultarse tanto el PEF como los informes de seguimiento del mismo en el enlace siguiente:
Por otro lado, la LOEPSF da un tratamiento diferenciado en el supuesto de incurrir en déficit estructural por circunstancias excepcionales (catástrofes naturales, recesión económica o situación de emergencia extraordinaria). En estos casos, deberá presentarse un plan de reequilibrio que permita volver al equilibrio. La Comunidad de Madrid no ha incurrido en déficit estructural ni presentado un plan de reequilibrio nunca.
Finalmente, la LOEPSF regula un mecanismo extraordinario de apoyo a la liquidez para aquellas Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales que lo soliciten. El acceso a este mecanismo está condicionado a la presentación de un plan de ajuste que garantice el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública. La Comunidad de Madrid no ha solicitado nunca acceso a este mecanismo, por lo que no cuenta con ningún plan de ajuste.