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Rodar en la Comunidad de Madrid

CÓMO REALIZAR EL TRÁMITE. PROCEDIMIENTO

Las solicitudes de licencia de rodaje y, en su caso, las complementarias (ocupación de espacio y/o prestación de servicios) se presentarán, mediante modelo normalizado, por sede electrónica, Oficina de Registro Virtual (ORVE), o presencialmente con una antelación de 15 días hábiles.

Las solicitudes, debidamente cumplimentadas con toda la información que se requiera en los modelos normalizados, deben acompañarse de una copia de póliza de seguro vigente de responsabilidad civil general para responder de posibles daños a terceros con motivo del desarrollo del rodaje, y de toda aquella documentación escrita o gráfica que en cada caso se estime oportuna para el adecuado conocimiento de las características del mismo. Con independencia de lo anterior y cuando el Consistorio lo estime oportuno por las características o lugar de desarrollo del rodaje, podrá exigir pólizas específicas que a tal efecto le serán presentadas a la productora o entidad responsable del rodaje.

Las dependencias municipales requeridas remitirán al solicitante las licencias de rodaje y, en su caso, las complementarias para ocupación de espacios y/o prestación de servicios o, en su caso, su denegación, y/o los informes recabados con la antelación suficiente para dar cumplimiento al plazo de resolución establecido.

En la autorización se fijarán las condiciones en que habrá de realizarse el rodaje en cuanto a duración, horario, elementos a utilizar, vehículos y estacionamiento.

Es conveniente informar a la oficina de rodajes de la Comunidad de Madrid, Film Madrid Region sobre la tramitación de estas solicitudes para su seguimiento y control.