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Rodar en la Comunidad de Madrid

PERMISOS DE RODAJE

Tiene la consideración de rodaje, todo proceso de grabación o retransmisión de una acción televisiva, cinematográfica o de realización de reportaje fotográfico que se realice dentro de un término municipal y precise la ocupación del suelo, vuelo o subsuelo de dominio público, con vehículos o elementos de asistencia a la grabación.

Cualquier utilización del suelo, vuelo o subsuelo de dominio público municipal para la realización de acciones de rodaje en un término municipal, precisará la obtención previa de un permiso municipal.

El permiso municipal habilitará la utilización de las vías y espacios públicos a los vehículos de asistencia, elementos técnicos que se empleen en la filmación y la acción de rodaje.

Estas autorizaciones se concederán exclusivamente a efectos de la utilización del dominio público sin perjuicio aquellas otras autorizaciones, permisos o licencias que fueren precisas para la realización de las actividades o la prestación de los servicios correspondientes.

La Comunidad de Madrid, a través de Film Madrid y en su política de apoyo y promoción de los rodajes audiovisuales, pone al servicio de productores y cineastas en general los espacios de su propiedad y competencia, al amparo de la Ley 4/2014 de 22 de diciembre .


TRAMITACIÓN DE LOS PERMISOS DE RODAJE

Las solicitudes de licencia de rodaje y, en su caso, las complementarias (ocupación de espacio y/o prestación de servicios) se presentarán, mediante modelo normalizado, por sede electrónica, Oficina de Registro Virtual (ORVE), o presencialmente con una antelación de 15 días hábiles.

Las solicitudes debidamente cumplimentadas con toda la información que se requiera en los modelos normalizados, deben acompañarse de una copia de póliza de seguro vigente de responsabilidad civil general para responder de posibles daños a terceros con motivo del desarrollo del rodaje, y de toda aquella documentación escrita o gráfica que en cada caso se estime oportuna para el adecuado conocimiento de las características del mismo. Con independencia de lo anterior y cuando el Consistorio lo estime oportuno por las características o lugar de desarrollo del rodaje, podrá exigir pólizas específicas que a tal efecto le serán presentadas a la productora o entidad responsable del rodaje.

Las dependencias municipales requeridas remitirán al solicitante las licencias de rodaje, y en su caso, las complementarias para ocupación de espacios y/o prestación de servicios o, en su caso, su denegación, y/o los informes recabados con antelación suficiente para dar cumplimiento al plazo de resolución establecido.

En la autorización se fijarán las condiciones en que habrá que realizarse el rodaje en cuanto a duración, horario, elementos a utilizar, vehículos y estacionamiento.

Es conveniente informar a la oficina de rodajes de la Comunidad de Madrid, Film Madrid, sobre la tramitación de estas solicitudes para su seguimiento y control.