Logotipo Film Madrid

El Audiovisual en la Comunidad de Madrid

Ayudas al sector audiovisual de la Comunidad de Madrid

La Comunidad de Madrid impulsa al sector cinematográfico y audiovisual con la convocatoria de ayudas destinadas a la producción de cortometrajes y largometrajes, el desarrollo de proyectos audiovisuales, el apoyo a actividades relacionadas con la cinematografía y el desarrollo de proyectos de videojuegos.

Las convocatorias de ayudas al sector audiovisual tienen como objetivo contribuir al desarrollo económico y tecnológico de la industria junto al mantenimiento de la diversidad cultural y el apoyo a los nuevos creadores.

Desarrollo de proyectos audiovisuales

La Comunidad de Madrid concede estas ayudas destinadas a producciones audiovisuales para su desarrollo como largometrajes o series, ya sean de ficción, documental o animación, y que posteriormente puedan concretarse en una obra audiovisual para su exhibición pública en cines, televisión o plataformas digitales.

Importe total 3.000.000 euros

Largometrajes y series de ficción, documental o animación

Objeto
Apoyo a proyectos audiovisuales para su desarrollo como largometrajes o series, ya sean de ficción, documental o animación, y que posteriormente puedan concretarse en una obra audiovisual para su exhibición pública en cines, televisión o plataformas digitales.
Beneficiarios
  • Los titulares de empresas de producción independiente cuyo objeto sea la actividad cinematográfica o audiovisual, con forma de empresario individual, sociedad mercantil o civil, sociedad cooperativa laboral o las agrupaciones de interés económico.
  • El domicilio fiscal y los centros de trabajo del personal estarán ubicados en territorio español, y tendrán, al menos, una sede en la Comunidad de Madrid.
  • La empresa deberá tener un mínimo de dos años en actividad audiovisual o cinematográfica, o su administrador o socio mayoritario una trayectoria profesional acreditada en los dos años anteriores a la fecha de la solicitud. En el caso de que sean dos empresas las que den solvencia deberán ser socios en un 50 por 100. En las agrupaciones de interés económico, la trayectoria profesional deberá ser acreditada por la empresa que sea el productor-gestor.
  • No podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia.
  • En el caso de que un proyecto audiovisual estuviera siendo elaborado mediante coproducción por varias empresas, sólo podrá resultar beneficiaria de la ayuda aquella que ejecute el gasto y tenga el porcentaje mayoritario de la misma. En el caso de que el porcentaje fuese el mismo en dos o más empresas, solo se admitirá una solicitud por proyecto.
Cuantía
El importe total de la convocatoria es de 3.000.000 euros. Se adjudicarán las ayudas a aquellos solicitantes cuyos proyectos hayan obtenido mayor valoración y, al menos, 60 puntos en aplicación de los criterios establecidos en la convocatoria, por los importes que se desglosan a continuación:
  • Largometraje de animación: 50.000 euros por ayuda para financiar 6 proyectos.
  • Largometraje de ficción o documental: 40.000 euros por ayuda para financiar 50 proyectos.
  • Series de animación: 50.000 euros por ayuda para financiar 6 proyectos.
  • Series de ficción y documental: 40.000 euros por ayuda para financiar 10 proyectos.
Gastos subvencionables
Los gastos para llevar a cabo las actividades necesarias para realizar la obra audiovisual, con carácter previo a su rodaje o producción:
  • Escritura y la mejora del guión
  • Búsqueda de localizaciones
  • Diseño visual
  • Selección del reparto
  • Gestiones para la obtención de recursos económicos
  • Planes iniciales de venta y distribución
  • Asesoramientos de terceros en relación con aspectos tecnológicos del proyecto
  • Adquisición de derechos y la investigación en archivos
  • Elaboración de pilotos de animación
  • Realización del presupuesto y cualquier otra que tenga que ver con el desarrollo del proyecto.
Período subvencionable
Se considera período subvencionable desde elel 1 de diciembre de 2023 hasta el 31 de octubre de 2024.

El plazo máximo de justificación y presentación de la documentación acreditativa es el 1 de noviembre de 2024.
Bases Reguladoras
ORDEN 440/2020, de 23 de junio, de la Consejería de Cultura y Turismo
Tramitación electrónica

Ayudas a la creación y desarrollo de proyectos de videojuegos

Desde la Comunidad de Madrid se otorgan ayudas para las actividades creativas en el desarrollo del proyecto del videojuego para la creación, diseño y programación en su fase de prototipo.

Importe total 250.000 euros

10 ayudas por un importe máximo de 25.000 euros

Objeto
Creación y desarrollo de un proyecto de videojuego en la Comunidad de Madrid. El proyecto subvencionable consistirá en un único videojuego de carácter narrativo, original y no publicado. Para ello deberá poseer los derechos de propiedad intelectual que correspondan y, las autorizaciones o permisos para poder crearlo y desarrollarlo, en el caso de que el proyecto se sustentase sobre algún tipo de derecho intelectual preexistente o ajeno al solicitante.
Beneficiarios
Los beneficiarios deberán cumplir las siguientes condiciones:
  • Tener la condición de microempresa o de pequeña empresa.
  • Ser empresa con capacidad de obrar en el ámbito de la creación y desarrollo de videojuegos (informática, programador, diseño de ordenador o similar).
  • Tener el domicilio fiscal y los centros de trabajo del personal que impute gastos de personal ubicados en territorio español, y, al menos, una sede en la Comunidad de Madrid. En el caso de empresas extranjeras habrán de tener, al menos, una filial domiciliada en los mismos términos que el indicado en el párrafo anterior.
Cuantía
Se convoca el procedimiento en régimen de concurrencia competitiva. El importe de las ayudas asciende a 250.000 euros. Dicho crédito se consignará para 10 ayudas por un importe máximo de 25.000 euros cada una de ellas.
Proyecto subvencionable
Se presentará un único videojuego de carácter narrativo, original y no publicado. Con los derechos de propiedad intelectual que correspondan y las autorizaciones o permisos para poder crearlo y desarrollarlo.

El proyecto no podrá estar vinculado a la promoción o publicidad de marca empresarial.

No serán objeto de subvención los videojuegos sujetos a la Ley 13/2011, de Regulación del Juego, ni aquellos con contenido pornográfico o de apología de la violencia, la discriminación o el odio en cualquiera de sus manifestaciones.

Período subvencionable
Se considera periodo subvencionable desde el 1 de octubre de 2022 al 20 de noviembre de 2023. El plazo máximo de justificación y presentación de la documentación acreditativa es el 30 de noviembre de 2023.
Bases Reguladoras
ORDEN 892/2019, de 6 de junio, de la Consejería de Cultura y Turismo
Tramitación electrónica

Ayudas a entidades culturales sin ánimo de lucro

La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte convoca ayudas a entidades culturales privadas sin ánimo de lucro para la realización de actividades culturales relacionadas con el teatro, la música, la danza, la cinematografía, las artes visuales y la moda como disciplina creativa.

Importe total 500.000 euros

Actividades relacionadas con la cinematografía

Objeto
La realización de actividades relacionadas con el teatro, la danza, la música, la cinematografía, las artes visuales y la moda como disciplina creativa.
Beneficiarios
Entidades culturales privadas sin ánimo de lucro, inscritas en el Registro correspondiente con una antigüedad mínima de dos años respecto a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Entidades que no sean destinatarios de una subvención nominativa en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid vigente, con cargo al mismo programa presupuestario que financie la convocatoria anual.
En el caso de empresas extranjeras habrán de tener, al menos, una filial domiciliada en los mismos términos que el indicado en el párrafo anterior.
Realizar la actividad objeto de subvención en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
Cuantía
El importe total de la convocatoria es de 550.000 euros, que se distribuyen:
  • 100.000 euros, destinados a ayudas para actividades relacionadas con las artes visuales y la moda como disciplina creativa.
  • 450.000 euros destinados a ayudas para actividades relacionadas con el teatro, la danza, la música y la cinematografía.
Proyecto
El proyecto específico de la actividad para la que se formula la solicitud deberá tener lugar dentro del periodo computable que se indicará en la convocatoria. Se adjuntará el presupuesto de gasto y la financiación prevista para el mismo.

Se acompañará una memoria de las actividades culturales realizadas en los dos años anteriores.

No serán subvencionables los gastos de mantenimiento y de funcionamiento ordinario de la entidad ni comidas y gastos de representación.

Se tendrán en cuenta los siguientes criterios de valoración:
  • Interés cultural del proyecto teniendo en cuenta su calidad, su originalidad y la repercusión en la creación de nuevos públicos.
  • Trayectoria de la entidad en la realización de actividades culturales.
  • Continuidad en el tiempo de la manifestación cultural para la que se solicita la ayuda.
  • El número de socios.
  • El destino del proyecto: para el entorno de la propia entidad, para colectivos específicos o para la Comunidad en general.


Período subvencionable
Desde el 1 de diciembre de 2023 al 31 de octubre de 2024.
Bases Reguladoras
Orden 1399/2017, de 10 de mayo, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno
Tramitación electrónica

Ayudas a la producción de largometrajes

La convocatoria de ayudas a la producción de largometrajes, ya sea de ficción, animación o documental, está destinada a proyectos de directores noveles. Podrán acceder a las ayudas las productoras independientes audiovisuales establecidas en la Comunidad de Madrid.

Importe anual 500.000 euros

Convocatoria 2024

Próximamente

Objeto
Para la producción de largometrajes sobre proyecto de directores noveles.
Se considerarán directores noveles aquellos que no hayan dirigido o codirigido más de dos largometrajes que hayan sido calificados para su explotación comercial en salas de exhibición cinematográfica.
Los proyectos que se presenten, en virtud de su contenido, podrán ser clasificados como de ficción, de animación o documentales.
Beneficiarios
Podrán acceder a las ayudas las productoras independientes audiovisuales que realicen su actividad en la Comunidad de Madrid y que cumplan los requisitos previstos en la normativa que regula las bases reguladoras y en la convocatoria.
Cuantía
La convocatoria es de carácter plurianual y asciende a un importe máximo de 1.000.000 euros que se harán efectivos con cargo a la posición presupuestaria G/334A/47399, de la Dirección General de Promoción Cultural de los Presupuestos de Gasto de la Comunidad de Madrid, correspondiendo 500.000 euros al año 2022 y 500.000 euros al año 2023.
Determinación de la cuantía
El importe máximo por categorías que se podrá otorgar es el siguiente:
  1. Largometraje de animación: hasta 175.000 euros, correspondiendo 87.500 a 2023 y 87.500 a 2024.
  2. Largometraje de ficción: hasta 150.000 euros, correspondiendo 75.000 euros a 2023 y 75.000 euros a 2024.
  3. Largometraje documental: hasta 25.000 euros, correspondiendo 12.500 euros a 2023 y 12.500 euros a 2024
Período subvencionable
Las películas subvencionadas deberán estar terminadas antes del día 1 de noviembre de 2024. Se considerarán períodos subvencionables entre el 1 de noviembre de 2022 y el 31 de octubre de 2024.

Bases Reguladoras
Orden 829/2021 de 7 de agosto, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
Tramitación electrónica

Ayudas a la producción de cortometrajes

La Comunidad de Madrid apoya la producción de cortometrajes, de ficción, animación o documentales, cuyo objeto último sea su difusión pública. Una apuesta por el talento emergente de los nuevos realizadores y productores.

Importe anual 150000 euros

Objeto
Ayudas para la producción de cortometrajes en la Comunidad de Madrid de ficción, animación o documentales, cuyo objetivo último sea su difusión pública.
Las películas tendrán obligatoriamente un resultado final de realización en un formato cinematográfico (máster DCP 2K en disco duro), con una duración mínima de cinco minutos y máxima de treinta.
Beneficiarios
Tener la condición de microempresa o de pequeña empresa con capacidad de obrar en el ámbito audiovisual, de acuerdo con lo previsto en el anexo I sobre la definición de pyme, del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014. Residencia fiscal en la Comunidad de Madrid.
No podrán tener la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia, tales como comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.
Cuantía
La convocatoria es de carácter plurianual y asciende a un importe máximo de 300.000 euros que se harán efectivos con cargo a la posición presupuestaria G/334A/47399, de la Dirección General de Promoción Cultural de los Presupuestos de Gasto de la Comunidad de Madrid, correspondiendo 150.000 euros al año 2022 y 150.000 euros al año 2023.
Determinación de la cuantía
El importe máximo que se podrá otorgar por modalidades y proyecto es el siguiente:
  • Cortometraje de ficción: 20.000 euros.
  • Cortometraje de animación: 25.000 euros.
  • Cortometraje documental: 15.000 euros.
Período subvencionable
Los cortometrajes deberán estar acabados antes del día 1 de octubre de 2024. Se considerarán períodos subvencionables entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de septiembre de 2024 para los cortometrajes de ficción. Entre el 1 de abril de 2023 y 30 de septiembre de 2024 para los de animación y documentales.

Bases Reguladoras
Orden 829/2021 de 7 de agosto, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
Tramitación electrónica