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Rodar en la Comunidad de Madrid

Solicitud general de registro de la Comunidad de Madrid


Para solicitar autorización de rodaje para permisos que sean gestionados por las diferentes Consejerías de la Comunidad de Madrid, puede hacer uso de la Solicitud General de Registro, un formulario genérico que se puede presentar en registros oficiales o a través de la tramitación electrónica con una antelación de 15 días hábiles:

Le recordamos que con la entrada en vigor, el 1 de octubre de 2016, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:

  1. Las personas jurídicas.
  2. Las entidades sin personalidad jurídica.
  3. Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
  4. Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Por este motivo, este tipo de solicitudes deben realizarse de manera telemática y no por correo electrónico, y se deben realizar con la mayor antelación posible, pues debe ser estudiada la solicitud y firmada la autorización.

Asimismo, según el artículo 71 de la citada Ley 39/15, de 1 de octubre “En el despacho de los expedientes se guardará el orden riguroso de incoación en asuntos de homogénea naturaleza, salvo que por el titular de la unidad administrativa se dé orden motivada en contrario, de la que quede constancia”.